sábado, mayo 05, 2012

Seguridad jurídica

Entre todos los argumentos que esgrimieron los críticos de la expropiación de YPF a Repsol (¡que ya es ley!), no podía faltar la famosa "seguridad jurídica". Un concepto caro a los voceros y abogados de las empresas ávidas por maximizar sus ganancias (y mantenerlas en el tiempo) en los países donde se instalaron aprovechando condiciones favorables, generalmente en momentos de crisis, debilidad o apertura irrestricta como la que vivió Argentina en los '90. Desde ya, no es un término que suela usarse para referirse al saqueo de las riquezas de un país y al empobrecimiento de su pueblo, como bien se señala aquí. O a la reiterada violación de los "derechos de propiedad de las mayorías", tema tratado exhaustivamente por Carlos Escudé.

Desde un punto de vista eminentemente jurídico, el tema es analizado con solvencia por este blog. Claro que el asunto tiene además una profunda raíz política, y acá recurro a un fragmento del libro "Fuera de control" de Mabel Thwaites Rey y Andrea López (que no es un panfleto "kirchnerista"; fue publicado apenas iniciado el gobierno de Néstor Kirchner):

(...) Por más de una década, y ante cualquier intento de revertir alguna condición inicial, los empresarios se han abroquelado tras el argumento de la "seguridad jurídica". Éste comprende el respeto tanto de las leyes sancionadas por el Parlamento, como de las reglamentaciones y resoluciones administrativas emanadas de organismos que dependen de la órbita del Poder Ejecutivo, principalmente, o del Poder Judicial. Así, respetar la letra y el espíritu de las leyes sin alterarlos en las normas que las tornan operativas, no vulnerar las jurisdicciones y competencias con disposiciones arbitrarias, no hacer del uso de mecanismos excepcionales una regla y garantizar la continuidad jurídica de las decisiones tomadas y los contratos firmados conforme a derecho por administraciones políticas precedentes son, todos ellos, principios sustantivos que hacen a la "seguridad jurídica".

Además de la cuestión de la "seguridad jurídica" propiamente dicha, el otro aspecto que suelen invocar los empresarios cuando reclaman preservarla es el respeto de las reglas de juego económicas que dan un horizonte de certidumbre a la inversión productiva. Aquí es donde aparece la dimensión eminentemente política y más compleja de la cuestión y se producen confusiones de planos analíticos. Es indudable que el sostenimiento de tales reglas, que constituyen el marco en el que se desenvuelve la vida económica, implica otorgar certidumbre respecto de las acciones futuras -ergo, seguridad-. El reclamo de su mantenimiento, sin embargo, excede lo jurídico y se ubica en un plano estrictamente político del problema. Porque si se respetan los mecanismos institucionales establecidos para la elaboración de las leyes, pedir que no se introduzcan cambios fundamentales en los contenidos no es una demanda de seguridad jurídica sino política.

En este sentido, cuando desde el "mundo de los negocios" se reclama la continuidad del rumbo de las reformas estructurales, aunque se lo haga bajo el nombre de la "seguridad jurídica", lo que se está haciendo es una demanda política. Bajo el imperativo de la previsibilidad y la certidumbre económicas, esenciales para atraer y consolidar inversiones, el polo del capital exige que se apliquen las medidas que considera más adecuadas para el desarrollo de la economía de mercado y, va de suyo, de sus propias ganancias. La demanda política que esto supone resulta entendible desde el punto de vista de un actor social que pretende influir sobre la arena política. Sin embargo, la apelación a la seguridad jurídica -es decir, la inmovilidad de las normas que resulten favorables a sus intereses- implica una petición mayor: que el electorado en general, y más específicamente los dirigentes políticos, se comprometan a no cambiar los cursos económicos ya marcados por el "mercado" con intromisiones "políticas".

Puede recordarse, a modo de ejemplo, que cuando a pocos días de su triunfo, el presidente electo Fernando de la Rúa adelantó su intención de gravar las ganancias extraordinarias de las empresas privatizadas, aplicando un impuesto similar al puesto en práctica por Tony Blair en Gran Bretaña, no tardaron en hacerse sentir las demandas de "seguridad jurídica" y de respeto a los contratos (Página/12, 27-10-99). Es más, esa "audaz" idea fue descartada casi de inmediato debido a que, en palabras de una voz autorizada como la de Pablo Gerchunoff -ligado al equipo económico de la coalición triunfante-, una medida así "no es aplicable a la Argentina porque el objetivo principal que se tiene en los servicios es inyectar la mayor competitividad posible y no ponerles gravámenes extraordinarios" (Página/12, 06-11-99). Más allá de las dificultades legales que seguramente hubiera sido necesario sortear para implementar el impuesto extraordinario -que podía haberse interpretado como violatorio de la cláusula de "estabilidad tributaria" incluida en los contratos de concesión-, el verdadero motivo era la decisión política de no confrontar con el poder económico. En otras palabras, se renunciaba a cualquier intento de modificar -tan siquiera mínimamente- la correlación de fuerzas económicas, sociales y políticas consagradas durante los años noventa."

Mabel Thwaites Rey y Andrea López,
Fuera de control - La regulación residual de los servicios privatizados, Editorial Temas, Buenos Aires, 2003, p. 68-70.


Quizás en un futuro, entre los logros fundamentales de la etapa iniciada en mayo de 2003, los historiadores incluyan la ruptura de "la decisión política de no confrontar con el poder económico".


Anexo: Las autoras también analizan otro concepto esgrimido por los círculos empresariales, el de "oportunismo gubernamental", "dado cuando la autoridad política aprovecha determinadas circunstancias para imponer decisiones perjudiciales para las empresas (reducción de tarifas, aumento de gravámenes, etc.)". Al que le contraponen el "oportunismo empresario", "derivado de utilizar la debilidad ocasional del Estado en determinado momento para imponerle condiciones más beneficiosas para los privados". Y ahí citan un ejemplo muy oportuno para los días que corren:

"A comienzos de 2000, recién asumido el gobierno de la Alianza, Repsol-YPF ofreció aumentar en unos 2000 millones de dólares, en los siguientes 5 años, las inversiones comprometidas para el riquísimo yacimiento neuquino Loma de la Lata. Pero a cambio, quería que se le prorrogara por 10 años más -hasta 2027- el control de explotación que vencía en el 2017. La empresa sacaba provecho de la difícil situación del país, y de un gobierno ávido por promover inversiones que reactivaran una economía en recesión desde 1998. El oportunismo es claro, en la medida en que las prestaciones a intercambiar no eran razonablemente equiparables."

Faltaría agregar que en efecto, la concesión a Repsol del yacimiento de Loma de la Lata le fue prorrogada a Repsol en el 2000 hasta el 2027, por el entonces gobernador de Neuquén Jorge Sobisch y el entonces ministro de Economía de la Nación José Luis Machinea, y aquí se cuenta cómo siguió la historia. De los u$s 2000 millones de inversión prometidos, ni noticias.

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